Becas MEC, solicítala
Como cada año, ya se dispone de los boletines oficiales que dictaminan los requisitos económicos/académicos para solicitar las inscripciones para obtener la Beca MEC que ofrece el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
¿A quién va dirigido?
A alumnos escolarizados en centros educativos españoles que acrediten la necesidad específica de recibir soporte educativo y que reúnan los requisitos establecidos.
Se convocan, para el curso 2018-2019 las siguientes ayudas individualizadas:
- Ayudas directas para los alumnos incluyendo a los afectados por TDAH (Trastorno por déficit de atención por hiperactividad) que requieran por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta.
- Subsidios por necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad o trastorno grave de conducta para familias numerosas.
- Ayudas para programas específicos complementarios a la educación reglada para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales.
Requisitos para solicitar la beca
1.- Presentar necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastornos graves de conducta siempre que dicha necesidad haya sido acreditada por alguna de las siguientes vías:
- certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y de Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad autónoma
- certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente
- certificado de discapacidad
Requisitos económicos
- Las ayudas podrán ser solicitadas por los alumnos cuya renta y patrimonio familiares en 2017 no hayan superado, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 951/2018, de 27 de julio.
Reglas de procesamiento
- Las solicitudes tanto de ayuda como de subsidio deberán cumplimentarse mediante el formulario accesible por internet en la dirección www.mecd.gob.es o a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional en la dirección https://sede.educacion.gob.es en el apartado correspondiente a «Trámites y Servicios». Una vez cumplimentada la solicitud telemática, si el solicitante se puede identificar mediante cualquiera de los sistemas de firma aceptados por la sede electrónica, se podrá completar el proceso electrónico de presentación de la solicitud acompañando, a través de la página web, en formato pdf (escaneado) la documentación que le sea requerida por la propia aplicación en el plazo que se indica en el artículo 10.3 de esta Resolución. En el supuesto de que el solicitante no disponga de sistema de firma aceptado por la sede electrónica, una vez cumplimentada la solicitud telemática, deberá imprimir el modelo de solicitud en fichero pdf y presentarlo con su firma y las de los demás miembros computables de la familia en alguno de los lugares previstos y en el plazo indicados en el artículo 10.3 de esta Resolución.
- Los padres, tutores o representantes legales de los alumnos solicitantes podrán autorizar al director del centro en que esté matriculado el alumno beneficiario para que éste último perciba la ayuda a través de la cuenta corriente de dicho centro. La citada autorización deberá manifestarse por escrito en el espacio del impreso de solicitud reservado al efecto y ser firmada por la persona que ostente la patria potestad del beneficiario de la ayuda.
- Los miembros computables de la unidad familiar autorizarán a las administraciones educativas, con su firma en el apartado correspondiente del formulario, a obtener de otras administraciones públicas la información que resulte precisa para la determinación, conocimiento y comprobación de todos los datos de identificación, circunstancias personales, de residencia, académicas y familiares, así como de la renta y patrimonio necesarios para la resolución de la solicitud de ayuda o subsidio.
Lugar y plazo de presentación de solicitudes
- Los solicitantes que no dispongan de firma electrónica y, por tanto, impriman el modelo de solicitud en fichero pdf lo presentarán, con su firma y la de los demás miembros computables de la familia, acompañada de la documentación descrita en el artículo anterior, en el centro docente en el que vayan a seguir los estudios durante el curso académico 2018- 2019.
- El plazo de presentación de solicitudes se extenderá hasta el 27 de septiembre de 2018 inclusive.
ENLACES DE INTERÉS
http://web.gencat.cat/web/shared/OVT/Departaments/ENS/TramitOVT/beques-ministeri/ajuts-nee/358-Conv-BOE-educacio-especial-curs-17-18.pdf Convocatoria oficial del boletin del estado.
http://web.gencat.cat/ca/tramits/tramits-temes/Ajuts-per-a-alumnes-amb-necessitat-especifica-de-suport-educatiu?category=7449fd1c-a82c-11e3-a972-000c29052e2c Para solicitar la beca.